DISCRIMINACIÓN, DERECHO ANTIDISCRIMINATORIO Y ACCIÓN POSITIVA EN FAVOR DE LAS MUJERES
M.ª Angeles Barrère Unzueta
CIVITAS EDICIONES, S.L., 1997Encuadernado en rustica semirrigida y con cubierta gris. Coeditado con el Instituto Vasco de Administracion Publica (1997). El Derecho antidiscriminatorio europeo, basado en el estadounidense, necesita una profunda revision teorica y doctrinal. Esta necesidad se hace particularmente evidente a la hora de afrontar la tipifi cacion de las discriminaciones, asi como en esa parte del Derecho antidiscriminatorio constituido por la llamada accion positiva. En el ambito de esta ultima, la Sentencia del Tribunal de Luxemburgo, relativa al conocido caso Kalanke, ha generado en Europa una fuerte polemica en torno a la llamada discriminacion inversa o positiva y, mas concretamente, a las cuotas. Lamentablemente, buena parte de la polemica relativa a esta categoria resulta esteril por tener su origen bien en presupuestos conceptuales que no han sido debidamente teorizados, bien en posturas ideologicas que se presentan como conceptuales. El confusionismo en estos dos aspectos dificulta la teoria y la practica de la accion positiva en favor de las mujeres, pero, ademas, en muchos casos injusta e injustificadamente las contamina. Un util banco de prueba a este respecto se encuentra en el tema de las cuotas de mujeres en materia electoral, en donde quiebran los principales argumentos que llevan a identificar este tipo de accion positiva con la discriminacion inversa y, en este sentido, a condenarla.
Subrayado ligeramente con lápiz en las partes importantes del texto.